Asimismo, te informamos que los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2016, tengan 47 años de edad y coticen en el RETA por una base inferior a 1945,80 euro mensuales no podrán elegir una base superior a 1.964,70 euros, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2016.
T odas estas modificaciones tendrán efectos a partir del 1 de julio de 2016.
Los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2015 y de manera simultánea hayan contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez, la base mínima de cotización será de 1.067,40 euros.
Cotización por cese de actividad durante 2016
El tipo de cotización correspondiente a la protección por cese de actividad es del 2,20 por ciento.
Hasta el 30 de septiembre tienes tiempo para optar a la cobertura de las contingencias profesionales y de la protección por cese de la actividad. La fecha de efectos será del 1 de enero de 2017.
Si quieres más información contacta con Datos & Servicios, identificado como colegiado y benefíciate del convenio que tenemos establecido para disfrutar de asesoramiento laboral, fiscal y contable.
Los servicios son:
-Consulta gratuita de cuestiones que no requieren un especial estudio.
-Aplicación de un descuento en los honorarios en aquellos casos que la consulta requiera un especial estudio o conlleve una posterior intervención profesional.
contacto:
Por temas fiscales y contables: Sr. Albert Grau, 977238112
Por temas laborales: Sr. Ricardo López, 977218633