Los ministros de Industria de los veinticinco han acordado un reglamento para regular más de 30.000 productos químicos
Este nuevo registro de sustancias se llama REACH (acrónimo en inglés de registro, evaluación y autorización de químicos), reemplaza a cuarenta iniciativas legales y servirá para poder poner en marcha la Agencia Europea de Sustancias Químicas con sede en Helsinki. El acuerdo se cerró este pasado mes de diciembre de 2005 bajo la presidencia británica de la UE y se calcula que en el primer semestre de 2006 la presidencia austríaca impulsará la aprobación definitiva de esta iniciativa.
A partir de la implantación del REACH serán las industrias, y no las administraciones públicas, las que tendrán que asumir mayor responsabilidad para demostrar que las sustancias que fabrican no son peligrosas para ser comercializadas. Según este compromiso, las empresas importadoras estarán obligadas a ofrecer la información necesaria sobre las propiedades de las sustancias y productos químicos importados en un volumen superior a una tonelada por año. Todos los productos que no sean registrados en la Agencia Europea de Helsinki, no podrán ser importados en el mercado europeo. Esta legislación afecta directamente a unas 27.000 empresas europeas, en su mayoría pequeñas y medianas, que suponen el 95% del tejido empresarial.
En el caso de las sustancias más peligrosas, cancerígenos, bioacumulables en el cuerpo o en el medio ambiente, entre otras, sólo se concederá autorizaciones específicas si la industria demuestra que los riesgos están adecuadamente controlados o cuando los beneficios socioeconómicos de su utilización superen el riesgo y no existan sustancias alternativas viables. Esta última posibilidad, de producirse, no sería obligatoria siempre y cuando se demuestre que el producto originalmente utilizado está controlado. Este aspecto suaviza la propuesta de la Eurocámara que quería imponer el criterio de sustitución obligatoria.
Por otra parte, se reducen las exigencias de información para las sustancias producidas entre una y diez toneladas a excepción de aquéllas sobre las que ya se conoce su peligrosidad. En cuanto a las producidas entre diez y cien toneladas, se suprimen los test más costosos y se concede la posibilidad de reducir las exigencias de información en caso de que el producto no deba tener un contacto directo con las personas o el medio ambiente. El REACH también impondrá a las empresas compartir sus datos cuando deseen registrar un mismo producto ya inscribir aquellos productos presentes en objetos que vayan a salir al exterior, por ejemplo la tinta de un bolígrafo.
El objetivo de la comisión europea es que el REACH entre en vigor en 2007 y que empiece a aplicarse en 2008 siempre y cuando se supere la diferencia de criterios que, ante un producto alternativo, existen entre la Eurocámara y el Consejo que ha aprobado el reglamento.
También han hecho públicas sus discrepancias siete organizaciones no gubernamentales como Greenpeace, WWF, entre otras que consideran insuficiente el nuevo reglamento sobre todo por la aplicación del principio de sustitución que de ser obligatorio en todos los casos podría llevar, según estas organizaciones, un importante ahorro a la sanidad pública de 90.000 millones de euros en treinta años.