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Sentencia favorable del CNC sobre la realización de Estudios de Seguridad y Salud

La CNC resuelto favorablemente un contencioso presentado por el Consejo de Colegios de Ingenieros Técnicos Industriales de Cataluña al año 2007.

Estimados compañeros.

El? Consejo Superior de Arquitectos? acordó el año 2005 que los Colegios de Arquitectos verificaran la autoría de los Estudios de Seguridad que acompañaban a los proyectos de obra y denegar el visado del proyecto si el autor de este estudio no era un Arquitecto o Arquitecto técnico .

Ante de esta vulneración de la competencia el CETIT inició a través del Consejo de Cataluña y el Colegio de Cuenca un contencioso administrativo contra este acuerdo con los servicios jurídicos del Consejo (COGITI).

En día 29/11/2010 la Comisión Nacional de la Competencia abrió expediente por apropiación de la connotación de Técnico Competente que expresa el Real Decreto 1627/1997 y la disposición adicional cuarta de la Ley 38/1999 sobre la redacción de Estudios de seguridad y salud redadctats por coordinadores en materia de seguridad y salud o bien por otros técnicos competentes de acuerdo con sus competencias y especialidades.

Como consecuencia de este expediente el? Consejo Superior de Arquitectos? ha revocado el acuerdo del año 2005 y ha añadido los siguientes nuevos acuerdos:

? 1. Con ocasiones del visado de proyectos de Ejecución debera verificarse, de Conformidad con los articulos 3, 4 y 5 del Real Decreto 1627/1997 en relaciones con la dispoción cuarta de Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, la incorporacion los MISMOS de los correspondientes estudios de seguridad y salud, redactadospor sobre coordinadoras en materia de seguridad y salud o bien miedo Otros Técnicos competentes de ACUERDO con sobre competencias y especialidades. 2. Se revoca y deja sin efectoel ACUERDO del pleno del Consejo Superior de Arquitectos de fecha 6 de octubre de 2005, sobre estudios de seguridad y salud.?