Canvas Logo

NOVEDADES SOBRE LA FACTURA ELECTRÓNICA

El Consejo de Ministros ha aprobado estos días un real decreto que establece el uso obligatorio de las facturas electrónicas entre empresas y profesionales, sistema B2B. Con esta medida, el Ejecutivo avanza en el desarrollo de la Ley Crea y Crece, dando forma definitiva a uno de los cambios más relevantes, de los últimos años, en la gestión administrativa y financiera de las empresas.

Te explicamos las últimas novedades sobre esta medida.

Plazos

La entrada en vigor de esta normativa será escalonada para facilitar la adaptación de todas las empresas. Así, las compañías con una facturación superior a ocho millones de euros dispondrán de un año para adaptarse a ellas, mientras que el resto de empresas y autónomos tendrán dos años. En cualquier caso, estos plazos empezarán a contar desde la publicación de la orden ministerial, que desarrollará los aspectos técnicos de la norma. La previsión es que se produzca antes del 1 de julio de 2026.

Esta nueva regulación establece las bases para implantar un modelo de facturación electrónica obligatoria en las relaciones comerciales, con el objetivo de reforzar la transparencia, reducir la morosidad, permitir a las empresas cobrar antes y con mayor previsión y acelerar la digitalización del tejido empresarial.

¿Qué es la factura electrónica?

El real decreto define la factura electrónica como un archivo estructurado de lectura automatizada, que sustituye a los formatos tradicionales como PDF, Excel o papel.

Introduce la obligación de informar sobre el estado de cada factura a lo largo del ciclo de vida, incluyendo su aceptación y fecha de pago efectivo.

Esta trazabilidad completa es uno de los elementos clave del modelo, ya que permite un mayor control de los plazos de pago y contribuye directamente a reducir la morosidad.

Para el intercambio de facturas electrónicas, las empresas podrán optar por dos vías. La primera, mediante plataformas privadas, que tendrán que garantizar la compatibilidad entre ellas. Esto implica que ninguna empresa estará obligada a operar dentro de la plataforma del cliente o proveedor, asegurando la libre elección de la solución tecnológica.

Y la segunda será una solución pública y gratuita, desarrollada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, AEAT. Esta opción estará disponible para cualquier empresa o profesional, incluyendo autónomos con un reducido volumen de facturación, garantizando así el acceso universal al sistema.

Diferencias con VeriFactu

Conviene diferenciar esta normativa con otro proyecto del Ministerio de Hacienda que ha coincidido en el tiempo: el real decreto para la implantación de VeriFactu, que ya ha entrado en vigor, pero la obligatoriedad se ha retrasado hasta 2027.

Aunque ambas iniciativas forman parte del proceso de modernización del sistema de facturación, su enfoque es distinto y su finalidad no es la misma, pero es complementaria.

VeriFactu establece los requisitos que deben cumplir los sistemas de facturación para garantizar la integridad y trazabilidad de los registros desde el punto de vista fiscal, mientras que la factura electrónica B2B regula el intercambio de facturas entre empresas y profesionales, incorporando además mecanismos de seguimiento sobre su estado y pago, con el objetivo de mejorar la eficiencia y reducir la morosidad.

En la práctica, las empresas tendrán que adaptar sus sistemas para cumplir ambas normativas, lo que implica una evolución significativa en sus procesos de facturación.

Si necesitas más información no dudes en contactar con DATOS Y SERVICIOS