El 17 de mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva Europea 2023/970 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023, por la que se reforzaba la aplicación del principio de igualdad retributiva entre hombres y mujeres por un mismo trabajo o trabajo de igual valor, mediante medidas de transparencia.
Repasamos los principales aspectos de esta directiva que establece unas normas mínimas para proteger el principio de igualdad de retribución, la prohibición de toda discriminación salarial directa o indirecta por razones de sexo, la transparencia salarial y una aplicación más estricta del derecho a la igualdad de retribución. Estamos refiriéndonos a una normativa que, por el momento, sólo se ha incorporado parcialmente a España, pero que cuenta con un plazo de transposición que finaliza el próximo 7 de junio de 2026.
Ante esta situación, el Ministerio de Trabajo ha anunciado que en breve dará forma a la Ley para adoptar esta directiva europea e implementarla en nuestro país. La norma contempla sanciones a las empresas con una brecha salarial superior al 5 por ciento entre empleados y empleadas.
Aunque habrá que ver cómo se incorpora la directiva a España, una de las nuevas obligaciones consiste en garantizar el mismo salario en trabajos de igual valor. Para ello será necesario que haya una valoración de puestos con un sistema objetivo y neutro de fijación y revisión salarial .
Esta información debe avanzarse en el proceso de selección para que los empleados conozcan de antemano cómo se retribuyen los puestos de trabajo.
Además de tener derecho a saber su salario, los empleados deben conocer la retribución media desglosada por sexo en categorías equivalentes.
Revisar la transparencia y trazabilidad de las políticas de complementos y la remuneración variable son otros aspectos que la normativa también regulará.
¿A quién afectará a la transposición de la directiva?
Los plazos van dirigidos, por ahora, a las mayores pymes. Así, las empresas de entre 150 y 249 empleados deberían facilitar la información retributiva del año anterior al Ministerio de Trabajo antes del 7 de junio de 2027. Para las que tienen una plantilla de entre 100 y 149 personas, este plazo se extenderá hasta el 7 de junio de 2031.
Y en el caso de las que tengan entre 51 y 100 empleados, aunque en principio todas las empresas están obligadas a la directiva con independencia de su dimensión, no tendrán obligación por ahora, salvo que finalmente se introduzcan cambios mediante la adaptación que realice el Ejecutivo. Si necesitas más información no dudes en contactar con DATOS Y SERVICIOS

