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Las familias con empleadas del hogar deben tener evaluados sus riesgos laborales antes del 14 de noviembre

Las familias con empleadas del hogar tienen hasta el 14 de noviembre por tener evaluados los riesgos laborales de las trabajadoras. Esta normativa, establecida en el Real Decreto 893/2024 de 10 de septiembre de 2024, equipara la protección de la salud de las empleadas del hogar a la de cualquier otro trabajador.

En la práctica, esto supone que si alguien tiene contratada a una empleada del hogar debe evaluar y prevenir los riesgos laborales en el domicilio. Es un trámite obligatorio, con plazos y posibles sanciones.

Te explicamos todos los detalles sobre esta nueva obligación que busca garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable.

Para facilitar su cumplimiento, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, INSST, ha desarrollado una herramienta específica dentro del portal público Prevención10.es.

Se trata de un servicio oficial, gratuito, de libre acceso y guiado que no requiere conocimientos técnicos. Permite gestionar de forma sencilla los riesgos laborales en el ámbito del servicio del hogar familiar y así poder implementar las medidas preventivas necesarias y los materiales informativos a entregar.

Qué hacer antes del 14 de noviembre

Los empleadores pueden realizar esta evaluación de riesgos y generar un plan de prevención con la herramienta Prevención10. Si la evaluación detecta riesgos, es necesario adoptar medidas preventivas para eliminarlos o reducirlos, documentando las medidas por escrito, con fecha, y entregar una copia a la trabajadora.

También existen obligaciones de información, formación y vigilancia de la salud para la empleada, además de facilitar material de protección para llevar a cabo las tareas cuando sea necesario.

Cómo actuar

  • Las obligaciones de prevención de riesgos al servicio del hogar familiar pueden resumirse en estos puntos:
  • Realizar una evaluación inicial de riesgos.
  • Implantar medidas preventivas.
  • Proporcionar equipos de trabajo y protección adecuados.
  • Informar y formar a la trabajadora.
  • Vigilancia de la salud: Las empleadas del hogar tienen derecho a reconocimientos médicos periódicos de forma voluntaria y gratuita, al menos cada tres años.
  • Protección frente a riesgos graves y acoso.

Para las familias empleadoras, esta obligación no sólo implica cumplir con la ley, sino también proteger la salud y bienestar de su trabajadora. Desde el punto de vista de las empleadas del hogar, esta nueva exigencia supone un avance histórico en el reconocimiento de sus derechos laborales.

Si necesitas más información no dudes en contactar con DATOS Y SERVICIOS