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Qué es una SCP: tipos y características

¿Estás pensando en poner en marcha un negocio con otras personas? Para ello existen varias formas jurídicas que puedes elegir. Sin embargo, hoy nos centraremos en el SCP, ya que apenas necesita inversión por parte de los socios y las gestiones para su constitución son muy fáciles de hacer.

Te explicamos en qué consiste, cómo funciona y qué tipos de SCP existen.

¿Qué es una SCP?

El SCP es un acuerdo entre emprendedores para poner en marcha un negocio juntos. El capital de una SCP está formado por las aportaciones de los socios, que pueden contribuir de diversas formas: con dinero, trabajo, servicios...

¿Cuántos modelos de SCP existen

Sociedad Civil Particular. Este tipo de SCP se crea frente a notario, por lo que tiene personalidad jurídica.

Sociedad Civil Privada. Se crea mediante un documento privado entre los socios. Por eso no tiene una personalidad jurídica.

Sociedad Civil Profesional. Se constituye cuando se realizará una actividad profesional común o varias que son legalmente compatibles. Este tipo de SCP suele ser la elegida por profesionales liberales como abogados, arquitectos...

Pasos para constituir una SCP

Para constituir una sociedad civil lo primero que hace falta es redactar un documento privado o público. En este contrato es necesario detallar la actividad del negocio, que aporta cada uno de los socios, el porcentaje de participación tanto en las ganancias como en las pérdidas, como se administra, quien la representa y las causas que se prevén para la liquidación y la disolución de la sociedad.

Este tipo de sociedad no necesita estar inscrita en el Registro Mercantil, pero sí es necesario llevar el contrato a Hacienda para obtener el NIF y darla de alta en el IAE, Impuesto de Actividades Económicas.

Principales características del SCP

Debe estar formada por un mínimo de dos socios. La responsabilidad por las deudas que se contraigan durante la actividad frente a terceros es personal e ilimitada. Todos los socios deben darse de alta como autónomos, salvo situaciones excepcionales.

Es necesario realizar un contrato público o privado.

No existe un capital social mínimo. Éste consiste en bienes, trabajo, servicios o actividad de la sociedad en general.

Se puede elegir entre formas de administración y representación distintas. Están permitidos tanto los administradores únicos como los mancomunados o solidarios.

Tributa en el impuesto de sociedades.

En materia mercantil se rige por el código de comercio.

En derechos y obligaciones se rige por el código civil.

La duración de la sociedad debe estar convenida.

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