La Agencia Tributaria ya no podrá remitir a los contribuyentes las comunicaciones por distintas vías: carta física en el domicilio fiscal y notificación vía correo electrónico.
Así lo determina una sentencia reciente de la Audiencia Nacional que establece que esta forma de proceder puede generar confusión y provocar que el contribuyente no cumpla los requerimientos de Hacienda dentro del plazo establecido.
Por eso, ahora la Agencia Tributaria deberá elegir e informar siempre por la misma vía para evitar problemas de comunicación con el contribuyente. Aunque ambos canales, tanto el físico como el digital, siguen siendo válidos.
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