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Empresario, éstas son tus obligaciones y responsabilidades

Alta del trabajador

Las comunicaciones de alta del trabajador a la Seguridad Social se realizarán con carácter previo al inicio de la actividad.

Recuerda que el trabajador estará dado de alta desde el momento en que recibas un mensaje en el que se especifique que, efectivamente, el trabajador ha sido dado de alta en el Sistema de la Seguridad Social.

Contratos

Por norma general todos los contratos deben ser indefinidos.

El contrato temporal se limita a circunstancias de la producción y sustitución del trabajador y se da prioridad al indefinido.

El contrato temporal por circunstancias de la producción para situaciones imprevisibles o por desajuste temporal de empleo no podrá durar más de seis meses, ampliables a otros seis meses. Para situaciones previsibles y delimitadas se puede utilizar durante un total de 90 días, nunca de forma continuada.

El trabajador temporal será fijo si acumula 18 meses de trabajo en dos años. Serán convertidos en indefinidos los temporales fraudulentos y los que acumulen 18 meses de trabajo, en un plazo de 24 meses, en el mismo o distinto puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas.

Contrato fijo discontinuo para la actividad estacional. El contrato fijo discontinuo se establece para trabajos de naturaleza estacional o de temporada, con períodos de ejecución ciertos. A efectos de antigüedad se tendrá en cuenta toda la duración de la relación laboral y no el tiempo de servicios efectivamente prestados.

Personas con discapacidad

Las empresas con una plantilla de 50 o más trabajadores están obligadas a que, al menos, un dos por ciento sean personas con discapacidad.

Prevención de riesgos laborales

  El empresario debe tomar las medidas legalmente establecidas para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. Son, básicamente, estas:

  • Plan de prevención de riesgos laborales y evaluación de los riesgos
  • Planificación de las actividades de prevención
  • Información, consulta y participación de los trabajadores
  • Formación de los trabajadores
  • Vigilancia y control de la salud

La función inspectora en materia de prevención de riesgos laborales corresponde a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ya los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales de la Generalidad de Cataluña. El incumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales puede acarrear sanciones económicas de 40 hasta 819.780 euros.

Protección de datos de carácter personal

El empresario está obligado al cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, LOPD, en lo que se refiere al tratamiento de los datos personales de las personas físicas.

La LOPD afecta a las personas jurídicas (empresas, asociaciones, fundaciones…) a las personas físicas (trabajadores autónomos) ya las administraciones públicas. Se estará sometido a la LOPD siempre que se posean datos de carácter personal de personas (nombres, apellidos, dirección, DNI, número de la Seguridad Social, fotografías…).

El incumplimiento de la normativa puede suponer sanciones de 600 a 600.000 euros.

Registro de la jornada laboral

La empresa tiene el deber de garantizar el registro diario de la jornada, que debe incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada empleado, sin perjuicio de la flexibilidad horaria existente. El registro de la jornada será obligatorio para todos los trabajadores de la empresa.

Conservar la documentación

El empleador conservará, durante cuatro años, la documentación, registros o soportes informáticos en los que se hayan transmitido los correspondientes datos que acrediten el cumplimiento de las obligaciones en materia de afiliación, altas, bajas o variaciones, así como los documentos de cotización y recibos justificativos del pago. Ejemplos: contratos de trabajo, y anexos adicionales; nóminas; recibos de liquidación de cotizaciones…

Bajas médicas

Se elimina la obligación que tenía la persona trabajadora de presentar en la empresa tanto la baja médica como los sucesivos comunicados de confirmación, durante el primer año de baja.

La nueva norma legal obliga al médico de cabecera, la mutua y la empresa colaboradora de la Seguridad Social a enviar de forma telemática los datos del proceso de baja médica a la propia empresa. Por eso, recomendamos establecer una política de empresa donde se especifique que el trabajador tiene la obligación de comunicar su ausencia aunque no tenga que justificarla.

Seguros de convenio

Es obligatorio contratar el seguro, según lo que establezca el convenio colectivo del sector. La suscripción de este seguro también debe reflejarse en las nóminas de los trabajadores. Por lo que, a nivel de gestión es necesario que nos facilites el coste anual del seguro para preparar debidamente la nómina de tus empleados.

Registro de salarios

La transparencia salarial implica la información retributiva de cada puesto de trabajo. Todas las empresas (tanto personas físicas como jurídicas), independientemente del número de trabajadores, están obligadas a contar con un registro de salarios.

Los salarios estarán segregados por sexo. Este registro incluirá la media aritmética y la media de lo realmente percibido por categoría o puestos de igual valor, diferenciando el salario, los complementos y las percepciones extra salariales. Recordamos que la Inspección de Trabajo podrá solicitar este registro.

Plan de igualdad

De acuerdo con la Ley de Igualdad, todas las empresas deben velar por la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral y deben adoptar medidas, previa negociación o consulta con la representación legal de las personas trabajadoras, con el fin de evitar cualquier tipo de discriminación entre mujeres y hombres en su organización. En algunos casos, estas medidas se articulan mediante un plan de igualdad.

Las empresas tienen la obligación de elaborar y aplicar un plan de igualdad en los siguientes casos:

  • Si están obligadas a ello por su propio convenio colectivo
  • Si tienen más de 50 trabajadores
  • Cuando la autoridad laboral, previo procedimiento sancionador, haya acordado la sustitución de la sanción por la implantación de un plan de igualdad

El incumplimiento de esta obligación constituye una infracción grave sancionada con multas de 626 a 6.250 euros.

Canal de denuncias

Las empresas con más de 50 trabajadores tendrán que disponer de un canal de denuncias, una herramienta diseñada para garantizar la protección y la integridad de todas aquellas personas que forman parte de una empresa y que quieran denunciar una infracción cometida dentro de su entorno laboral .

Su objetivo es que cualquier empleado, cliente o proveedor pueda denunciar una irregularidad cometida por la empresa de forma anónima, por lo que se desconocerá el origen de la denuncia, lo que es una tranquilidad para todas aquellas personas que quieran denunciar.

Protocolo contra el acoso sexual

  Todas las empresas y organizaciones están obligadas a promover un sistema interno de prevención, detección y corrección de situaciones de acoso sexual y acoso. Lo que supone disponer de un protocolo de acoso laboral obligatorio, donde se recojan los principios y pautas de actuación ante este tipo de conductas, el procedimiento de investigación y aclaración de los hechos y un canal de comunicación garantista y confidencial a través del cual notificar ese tipo de sucesos.

Si necesitas más información no dudes en contactar con DATOS Y SERVICIOS