Le informamos que se ha publicado en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña la RESOLUCIÓN EMT/3621/2021, de 19 de noviembre, por la que se abre la convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones para el año 2022 por favorecer el autoempleo de jóvenes en el marco del programa REACT-UE (ref. BDNS 598541).
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 10 de diciembre de 2021 a las 9:00 horas y finaliza el 10 de enero de 2022 a las 15:00 horas.
Pueden solicitar estas ayudas los y las jóvenes de entre 18 y 29 años , previamente inscritos como persona demandante de empleo no ocupado (DONO) en el Servicio Público de Empleo de Cataluña o en el programa “Garantía Juvenil”, en situación de “inscrito beneficiario” el día anterior a la fecha de inicio de su actividad como trabajador o trabajadora autónomo, y que se hayan dado de alta como trabajadores/as autónomos desde el 1 de octubre de 2020 hasta la fecha máxima de presentación de solicitudes de subvención. Es necesario haber iniciado la actividad económica como trabajador o trabajadora autónomo antes de la presentación de la solicitud de esta ayuda.
Actuaciones subvencionables : Se considera subvencionable el importe de hasta 13.510,00 euros para cada trabajador/a autónomo dado de alta de forma ininterrumpida durante 12 meses en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, en los regímenes especiales equivalentes o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente. La cuantía de este importe podrá minorarse en caso de que la baja se produzca una vez transcurridos ocho meses enteros desde la fecha de inicio de la actividad y antes de los 12 meses de alta ininterrumpida como trabajador o trabajadora autónomo.
El formulario de solicitud, la preceptiva documentación anexa y el resto de trámites asociados al procedimiento, incluida la justificación, deben presentarse por medios electrónicos, a través del portal corporativo de tramitación Canal Empresa ( http://canalempresa.gencat .cat ) o del apartado “Trámites” de la Generalidad de Cataluña ( http://tramits.gencat.cat ). Puede tramitarse la solicitud desde este enlace.