Os informamos que el Govern ha abierto una 3ª orden de inscripción previa de las Ayudas a la solvencia empresarial para ayudar a autónomos y empresas. Una empresa o persona física solicitante en la 1ª o 2ª orden de inscripción previa puede ser solicitante de esta 3ª dado que se amplía el ámbito temporal de las ayudas y los costes subvencionables. El plazo se abrió el pasado viernes y se cierra este viernes día 19 de noviembre a las 14 horas.
Esta tercera convocatoria flexibiliza los requisitos y amplía los plazos. En concreto, respecto a las dos anteriores convocatorias, las principales novedades son:
- No es necesario tener deudas para acogerse a ellas: aparte de dar cobertura a las deudas pendientes, la línea también cubre costes fijos pagados o no pagados, como alquileres o suministros.
- Se pueden acoger también a las personas y empresas que ya hayan pedido esta ayuda en cualquiera de las anteriores convocatorias, con independencia de que se les haya concedido, denegado o esté todavía pendiente de resolución.
- Se amplía en cuatro meses el ámbito temporal: es decir, se dará cobertura a deudas contraídas y costes fijos pagados entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 (siempre y cuando no se hayan solicitado a las anteriores convocatorias)
- Se agiliza el pago, que se entregará a la persona/empresa solicitante desde el mismo momento de hacer efectiva la inscripción previa, si se reúnen de entrada todos los requisitos.
Les recordamos que estas ayudas se dirigen a autónomos y pymes, y los importes son de hasta 3.000 euros si tributan por estimación objetiva en el IRFP (sistema de módulos) y de entre 4.000 y 200.000 euros en el resto de modelos de tributación.
Puede ampliar la información en https://canalempresa.gencat.cat/ajutssolvencia desde donde también podrá acceder al trámite para realizar la solicitud de inscripción previa.