Aspectos a tener en cuenta en la nueva prórroga
Se modifican los porcentajes de exoneración en las cotizaciones a la Seguridad Social.
Prorrogados los procedimientos de suspensión y reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción vinculadas a la Covidien-19, siguiendo lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto Ley 30/2020 de 29 de septiembre.
Las empresas que se acojan a las exoneraciones asociadas a los ERTE para Covidien-19 deben mantener la plantilla durante un nuevo período de seis meses. No podrán programar horas extraordinarias ni externalizaciones de la actividad. Los contratos temporales no se podrán interrumpir y se mantiene la prohibición del despido.
Se mantienen, también, las condiciones de la prestación por desempleo relativas a la exención del periodo de carencia, "contador a cero", y el cálculo de la base reguladora de la prestación sobre el 70 por ciento.
Finalmente, y como novedad más destacable, en relación a los contratos fijos discontinuos las empresas deberán avisar a la persona trabajadora fija discontinua para, o bien incorporarla a la empresa, o bien incorporarla al ERTE a partir del 1 de junio de 2021.
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(Artículo propiedad de Datos y Servicios)

